Los notarios, como funcionarios públicos, tienen una autoridad territorialmente limitada para llevar a cabo sus funciones según la Ley Número 2 de 2014 sobre enmiendas a la Ley Número 30 de 2004 sobre las posiciones notariales (UUJN). Este estudio examina los problemas legales que surgen cuando un notario firma una escritura fuera de su área de oficina, lo cual es una violación de las disposiciones sobre la autoridad territorial de un notario. Este estudio utiliza un método de investigación legal normativa con un enfoque estatutario y un enfoque conceptual. Los datos utilizados son datos secundarios en forma de materiales legales primarios, secundarios y terciarios que se analizan cualitativamente utilizando técnicas de análisis descriptivo. Los resultados del estudio indican que: Primero, el estatus de una escritura firmada fuera del área de la oficina del notario experimenta una degradación de su poder probatorio. Según el artículo 15 párrafo (1) de la UUJN que establece que un notario está autorizado a hacer escrituras auténticas sobre todos los actos, acuerdos y determinaciones requeridos por las leyes y/o deseados por la parte interesada para ser declarados en una escritura auténtica, pero está limitado al área de su oficina según lo regulado en el artículo 17 párrafo (1) letra a de la UUJN. Las escrituras realizadas fuera del área de su oficina pierden su autenticidad y solo tienen el poder de prueba como un acto privado. Segundo, las consecuencias legales para un notario que firma una escritura fuera del área de su oficina pueden ser en forma de sanciones administrativas, civiles y penales. Las sanciones administrativas son en forma de advertencias verbales, advertencias por escrito, despido temporal, despido honorable o despido deshonroso según lo regulado en el artículo 17 párrafo (2) de la UUJN.
Alfathania et al. (Mon,) estudiaron esta cuestión.
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