Este artículo identifica el Derecho Privado Transnacional (TPL) como aquellos procesos legales que vienen de más allá del Estado y que constituyen, sostienen, organizan y estabilizan los mercados. Este derecho tiene una ética distintiva centrada en la innovación, la imaginación y la solidaridad con los extraños. También solo tiene autoridad cuando su valor supera el proporcionado por el derecho nacional. El TPL no es lo suficientemente robusto para ofrecer esto de manera confiable. En consecuencia, depende de un asociado, 'Europa', para proporcionar salvaguardias éticas e institucionales y autoridad. Éticamente, el ideal europeo, identificado por Kristeva, como transformación y valoración de la singularidad humana proporciona una brújula moral robusta para el TPL. Institucionalmente, el derecho de la UE es el mejor proxy para instituirlo y regularlo. Sin embargo, de acuerdo con lo que se ha dicho, el derecho de la UE solo prevalece cuando está dirigido a este ideal europeo de libertad y el valor que ofrece supera los costos de desplazar el derecho nacional pertinente.
Damian Chalmers (Wed,) estudió esta cuestión.
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