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El artículo analiza la posibilidad de complicidad en un crimen después del momento de su terminación legal en relación con crímenes en curso, crímenes con una composición truncada, crímenes con varias acciones obligatorias y crímenes con acciones alternativas. Se explora la importancia de la conspiración preliminar y la conciencia del hecho de unirse a un ataque criminal legalmente concluido, pero en realidad en curso, para establecer la complicidad en un crimen. Se analizan en detalle las reglas para calificar la complicidad cuando un cómplice se une a los excesos del autor del robo, la retención de una víctima secuestrada que no fue prometida con antelación y la violación legalmente completada. Se concluye que la complicidad en un crimen puede tener lugar no solo antes del momento de su conclusión legal, sino también después de este, hasta el momento del final efectivo del ataque criminal, mientras que la comisión de acciones después de este momento y en conexión con el ataque criminal completado implica un crimen.
D. A. Meleshko (jue,) estudió esta cuestión.