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Resumen El conflicto entre la Federación Rusa y Ucrania ha vuelto a plantear el problema de la neutralidad a la luz del envío masivo de activos militares por parte de los Estados occidentales a Ucrania y las medidas restrictivas (sanciones) contra la Federación Rusa. Las resoluciones de la Asamblea General de la ONU y la calificación de la Federación Rusa como agresor han inducido a considerar la relación entre la neutralidad y la Carta de la ONU. Este artículo examina el problema de la neutralidad según la práctica reciente y argumenta que la neutralidad sigue vigente, a pesar de su transformación desde su origen. La noción de no beligerancia también está en conformidad con el derecho internacional. La neutralidad ya no es una institución del jus in bello, sino que pertenece al jus ad bellum y el principio de igualdad de beligerantes no debería aplicarse, excepto en aquellas normas de carácter puramente humanitario. La neutralidad permanente sigue siendo una institución válida, como lo demuestra la práctica. Por último, este artículo trata sobre la neutralidad y los conflictos no internacionales, concluyendo que el reconocimiento de la beligerancia, es decir, el mecanismo que permite la aplicación de la neutralidad a esta categoría de conflicto, está casi obsoleto.
Natalino Ronzitti (Jue,) estudió esta cuestión.