En su sentencia del 23 de octubre de 2025 en Kosmiro (C-232/24), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) proporciona importantes aclaraciones sobre la calificación y el tratamiento del IVA de las transacciones de factoraje. Confirma una interpretación amplia de la noción de ‘recuperación de deudas’ y, por lo tanto, limita el alcance de las exenciones establecidas en el Artículo 135(1)(b) y (d) de la Directiva del IVA.
Marie Lamensch (Mon,) estudió esta cuestión.