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Los psicólogos sociales, sociólogos y economistas han propuesto teorías sobre la emergencia de normas. En general, ven la emergencia de normas como dependiente de tres factores: (i) las preferencias de los actores respecto a su propio comportamiento (inclinaciones); (ii) las preferencias de los actores respecto al comportamiento de otros (intereses regulatorios); y (iii) medidas para hacer cumplir las normas (recursos de cumplimiento), como el acceso a sanciones e información. Mientras que la mayoría de los estudios sobre la emergencia de normas se han centrado en inclinaciones o recursos de cumplimiento, este artículo analiza el papel de los intereses regulatorios en la emergencia de normas. Específicamente, analiza sistemas de sanciones colectivas en los cuales, cuando un individuo viola o cumple con una regla, no solo el individuo, sino también otros miembros del grupo de esa persona son castigados o recompensados colectivamente por un agente externo. Estas sanciones colectivas dan a los individuos un incentivo para regular el comportamiento de los demás. Este trabajo demuestra que cuando un grupo es sometido a sanciones colectivas, una variedad de respuestas puede ser racional: el grupo puede crear un sistema de sanción secundario para hacer cumplir los dictados del agente, o puede rebelarse contra el agente para destruir su capacidad de sanción. Según el modelo teórico propuesto, la respuesta óptima depende de manera sensible del tamaño del grupo, la cohesión interna y factores relacionados.
Douglas D. Heckathorn (Martes) estudió esta cuestión.
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