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Este artículo explica 1) El niño como víctima de violencia sexual en el caso de WA no obtuvo protección legal porque desde el inicio el víctima fue declarado como perpetrador en lugar de como víctima. El víctima fue otorgado el estatus de perpetrador hasta que el veredicto del tribunal impuso un delito y el víctima cumplió la condena en LPKA. El víctima recibió asistencia legal post-adjudicación después de ser acompañado por un Abogado. 2) Los obstáculos enfrentados para que los niños víctimas no obtuvieran protección legal se deben a la falta de sensibilidad por parte del UPTD PPA al entender la "especificidad" contenida en el caso de WA, donde WA no solo es el perpetrador sino también la víctima cuyos derechos deben ser cumplidos. Es necesario incluir regulaciones básicas sobre el UPTD PPA en las disposiciones de la Ley Número 35 Año 2014 sobre las enmiendas a la Ley Número 23 Año 2002 sobre Protección Infantil como una forma de fortalecer la existencia institucional del UPTD PPA. El UPTD PPA debe ser más proactivo y sensible a los desarrollos en los casos de violencia sexual en Indonesia y mejorar las instalaciones y la infraestructura que apoyarán el cumplimiento de la protección para las víctimas de violencias sexuales para que sean más óptimas.
Probilla et al. (Mon,) estudiaron esta cuestión.