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El Acuerdo de París de diciembre de 2015 está sujeto a muchas críticas por ser inadecuado. Sin embargo, esto ignora su objetivo muy ambicioso, que limita el calentamiento global legalmente vinculante a 1.5 a 1.8 grados en comparación con los niveles preindustriales. Este artículo muestra, basándose en la superposición de preguntas sin respuesta para pronósticos en ciencias naturales y el principio de precaución legal, que este objetivo indica un imperativo legal hacia cero emisiones a nivel global en un plazo corto. Además, se hace evidente que las políticas deben centrarse en alcanzar el límite de temperatura de 1.5 grados. Desde una perspectiva legal en relación con asuntos existenciales, solo se justifican aquellas políticas que sean adecuadas para contribuir a alcanzar el límite de temperatura con alta certeza, sin sobrepasarlo, sin dejar de lado el límite de 1.5 y sin medidas de geoingeniería, en contraste con las tendencias del IPCC. Esto crea un gran desafío incluso para los supuestos pioneros de las políticas climáticas, Alemania y la UE; porque, según el objetivo, la UE y Alemania deben aumentar rápidamente y drásticamente el nivel de ambición en sus políticas climáticas.
Ekardt et al. (miércoles) estudiaron esta cuestión.
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